Donar o dejar herencia

Donar en vida o dejar en herencia: qué conviene fiscalmente

«¿Mejor les dono la casa en vida o se la dejo en herencia?» es una de las preguntas más frecuentes —y peor respondidas— de la planificación familiar. La intuición dice que donar en vida ahorra impuestos; la realidad fiscal española dice, en la mayoría de los casos, lo contrario. Esta guía explica por qué, y en qué casos concretos sí compensa donar. Es información divulgativa: cada caso y cada comunidad autónoma son distintos, así que haz números con un asesor antes de decidir.

Los impuestos de cada opción (no son los mismos)

La clave de todo está en que donar y heredar no activan los mismos impuestos:

Qué impuestos paga cada opción DONAR EN VIDA Quien recibe paga: • Impuesto de Donaciones (ISD) con bonificaciones casi siempre menores que en herencia Quien dona paga: • IRPF por la ganancia del bien revalorizado (19-30%) • Plusvalía municipal (si inmueble) DEJAR EN HERENCIA Quien hereda paga: • Impuesto de Sucesiones (ISD) con bonificaciones altas para familia directa (99-100%) • Plusvalía municipal (si inmueble) Quien fallece NO paga: • No hay IRPF por la ganancia («plusvalía del muerto»)

El factor decisivo: la «plusvalía del muerto»

Este es el concepto que lo cambia todo y que casi nadie conoce por su nombre. Cuando alguien dona un bien que se ha revalorizado (una casa que compró por 90.000 € y hoy vale 200.000 €), Hacienda trata esa operación como si lo hubiera vendido: el donante debe pagar IRPF por esos 110.000 € de ganancia, aunque no haya recibido ni un euro a cambio. Puede suponer varios miles de euros.

En cambio, cuando ese mismo bien se transmite por herencia, el artículo 33.3.b de la Ley del IRPF establece que esa ganancia acumulada no tributa en el IRPF de nadie. Se la conoce coloquialmente como «la plusvalía del muerto»: la revalorización de toda una vida desaparece fiscalmente. Es la razón principal por la que, en la mayoría de los casos, esperar a la herencia sale más barato que donar en vida.

Entonces, ¿cuándo SÍ compensa donar en vida?

La donación tiene sentido en casos concretos, casi siempre por motivos que no son solo fiscales:

  • Cuando se necesita ayudar ya: un hijo que necesita el dinero o la vivienda ahora, no dentro de 20 años. El coste fiscal es el precio de adelantar la ayuda.
  • Dinero en efectivo: donar dinero no genera «plusvalía del muerto» porque no hay ganancia (el valor de entrega y adquisición coinciden), así que la asimetría desaparece. Solo se paga el Impuesto de Donaciones.
  • Bienes que han perdido valor: si el bien vale menos que cuando se compró, no hay ganancia que tribute, e incluso el donante puede aflorar una pérdida.
  • Vivienda habitual de un donante mayor de 65 años: existe una exención del IRPF por la ganancia en este caso concreto.
  • En comunidades donde la herencia sí tributa alto (como Cataluña en patrimonios elevados), donde el cálculo puede inclinarse del otro lado.

Un matiz que mucha gente olvida

Al donar, pierdes el control del bien en vida: una vez donado, ya no es tuyo. Es una decisión difícil de revertir, y conviene valorar el aspecto personal (necesidades de liquidez futuras del donante, relaciones entre los hijos) tanto como el fiscal. Donar «para ahorrar impuestos» sin un motivo económico o familiar real suele ser, además de más caro, una mala idea.

Para calcular bien cada opción necesitas saber cuánto tributa la herencia en tu comunidad: consulta nuestras guías del impuesto de sucesiones en Madrid y en Andalucía y Castilla-La Mancha. Y recuerda que, en ambos casos, si hay un inmueble se suma la plusvalía municipal.

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